¿YA SABÉS SI PODÉS EXONERAR IRPF DE TUS ALQUILERES?
Informate siempre con nosotros! IRPF y su exoneración

Muchos propietarios que alquilan inmuebles en Uruguay no siempre saben que pueden quedar exonerados del pago del Impuesto a la Renta de las Personas Físicas (IRPF) por los ingresos derivados de sus alquileres.
A continuación te explicamos cuándo y cómo podés acceder a este beneficio:
- ¿QUE ES LA EXONERACION DE IRPF POR ALQUILERES?
La Dirección General Impositiva (DGI) permite a ciertos contribuyentes quedar exonerados del pago del IRPF sobre las rentas obtenidas por alquileres de inmuebles, siempre que se cumplan determinadas condiciones y se tramite la exoneración ante la DGI.
- ¿QUIENES PUEDEN ACCEDER?
Personas físicas residentes que sean contribuyentes del IRPF y arrenden uno o varios inmuebles.
- CONDICIONES PRINCIPALES PARA LA EXONERACION
✔️ Que la totalidad de las rentas por arrendamientos no supere las 40 BPC (Bases de Prestaciones y Contribuciones) en el año civil.
✔️ Que el propietario no tenga otros rendimientos de capital superiores a 3 BPC anuales.
✔️ Que el titular autorice expresamente el levantamiento del secreto bancario ante la DGI.
¿Cómo se realiza el trámite?
El procedimiento se realiza ante la DGI, y puede iniciarse online o en persona sin costo. Algunos requisitos básicos son: formularios específicos (5500 y 5600), copia del DNI, contrato de arrendamiento y, en caso de gestión a través de una inmobiliaria, el contrato de administración
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