Te decimos cuando es necesario hacerla.

¿ QUÉ ES LA CARACTERIZACIÓN URBANA?

1 de junio de 2022

EL artículo 178 de la Ley 17296 indica que en inmuebles urbanos se sustituirá la presentación de los planos de construcción para la inscripción de mejoras (obra nueva o regularización) por la presentación de una Declaración Jurada de Caracterización Urbana.

Es uno de los trámites que hoy en día se piden para la compra/venta de cualquier inmueble o local.

En esta actualización se declaran los metros construidos, si se mantienen, si hubo demoliciones, ampliaciones o alguna modificación.

El trámite lo realiza un arquitecto matriculado en la Dirección Nacional de Catastro, quien será el responsable de los datos aportados.

En la caracterización urbana se evalúan no solo el metraje construido sino el estado general del inmueble, su conservación y el destino que se le dará al mismo.

Si tienes duda y no sabes si debes presentar la Declaración Jurada de Caracterización acércate a nuestra oficina a conversar con nosotras.