Nuda propiedad!
Conoce e informate acerca de esta modalidad de venta.
«Para entender qué es la nuda propiedad, hay que comenzar explicando el concepto de pleno dominio. El pleno dominio o plena propiedad consiste en la titularidad de la plena propiedad de un determinado bien.
Se divide en:
- Nuda propiedad: es el derecho de una persona (nudo propietario) a ser dueño de un bien con la limitación de no poder gozar o disfrutar de él.
- Usufructo: es el derecho de goce, uso y disfrute de una persona (usufructuario) sobre el bien que pertenece al nudo propietario.
La nuda propiedad y el usufructo son derechos diferentes aunque recaigan sobre un mismo bien.
Así, la plena propiedad se tendrá cuando usufructo y nuda propiedad coincidan en la misma persona.
¿QUE ES ENTONCES LA NUDA PROPIEDAD?
La nuda propiedad consiste en la propiedad de un bien pero sin tener el uso y disfrute del mismo.
Se llama nudo propietario a la persona titular de ese derecho. Es el «dueño» del bien, pero sus facultades sobre él están muy limitadas, ya que si no dispone del usufructo no podrá disponer y disfrutar del bien.
Es frecuente, en la actualidad, que el propietario de una vivienda venda la nuda propiedad y se reserve el usufructo.»
Diferencias entre NUDA PROPIEDAD y USUFRUCTO
«La nuda propiedad y el usufructo son derechos distintos y, por tanto, se pueden establecer las siguientes diferencias:
- El nudo propietario es el propietario pero no tiene el uso y disfrute.
- El usufructuario tiene el uso y disfrute pero no la posesión de la propiedad.
- El nudo propietario solo podrá hacer uso de la vivienda cuando finalice el usufructo
- El usufructuario podrá disfrutar de la vivienda mientras dure su derecho.
- El nudo propietario no puede alquilar la vivienda, pero sí vender la nuda propiedad a un tercero.»
Dentro de lo que corresponde a NUDA PROPIEDAD, hay dos posibilidades de comercializarse la misma.
1- Se reserva el urufructo vitalicio: la parte que vende recibe el precio de la nuda propiedad y hace uso del usufructo por el resto de su vida
2- Se reserva el usuructo parcialmente: la parte vendedora recibe el precio de la nuda propiedad y vive alli por el plazo que estipulen las partes.